“Si es una persona que tolera una pequeña cantidad de gluten, que comulgue con una hostia con la mínima cantidad de gluten, que no le afecte a su enfermedad, pero que tampoco cambie la materia de la hostia, pan de trigo. Si la persona no tolera en absoluto el gluten, que comulgue bajo una sola especie, el vino, con atención a no poner ninguna fracción de hostia en el cáliz. Si la persona no tolera el alcohol, se permite la utilización del mosto para comulgar”
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