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sábado, 15 de agosto de 2020

«¿Es válido el Bautismo con la fórmula ‘Nosotros te bautizamos…’?» / Responde la Congregación para la Doctrina de la Fe con la aprobación del Papa Francisco

* «El Concilio Vaticano II declara que: “cuando alguien bautiza, es Cristo quien bautiza”.[La afirmación de la Constitución sobre la Sagrada Liturgia Sacrosancum Concilium, inspirada en un texto de San Agustín, quiere reconducir la celebración sacramental a la presencia de Cristo, no solo en el sentido de que él le infunde su virtus para darle eficacia, sino sobre todo para indicar que el Señor es el protagonista del evento que se celebra. en el caso específico del Sacramento del Bautismo, el ministro no solo carece de autoridad para disponer a su gusto de la fórmula sacramental, por los motivos de naturaleza cristológica y eclesiológica más arriba expuestos, sino que tampoco puede declarar que actúa en nombre de los padres, los padrinos, los familiares o los amigos, y ni siquiera en nombre de la misma asamblea reunida para la celebración, porque el ministro actúa en cuanto signo-presencia de la acción misma de Cristo, que se realiza en el gesto ritual de la Iglesia. Cuando el ministro dice «Yo te bautizo…», no habla como un funcionario que ejerce un papel que se le ha asignado, sino que opera ministerialmente como signo-presencia de Cristo, que actúa en su Cuerpo, donando su gracia y haciendo de aquella concreta asamblea litúrgica una manifestación de “la naturaleza auténtica de la verdadera Iglesia, en cuanto “las acciones litúrgicas no son acciones privadas, sino celebraciones de la Iglesia, que es “sacramento de unidad”, es decir, pueblo santo congregado y ordenado bajo la dirección de los obispos”»