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jueves, 15 de mayo de 2008

El derecho a no nacer / Autor: Francesc Torralba Roselló

La medicina del siglo XXI ofrece grandes esperanzas, desencadena muchas inquietudes y plantea nuevos problemas éticos. Nos hallamos frente a casos y situaciones que ni siquiera podíamos imaginar hacer una década.

La ética mínima es incapaz de aportar soluciones de peso y el ordenamiento jurídico depende, cada vez más, del electoralismo de las campañas políticas y los intereses estratégicos. Para tomar decisiones oportunas, se requiere competencia, audacia y, sobre todo, prudencia.

Estas transformaciones de la medicina y, en particular, de la genética y la embriología pueden generar cambios psicológicos gravosos y abrir la puerta a la discriminación, por ejemplo, en la selección de empleados y entre los usuarios de seguros.

Esta posibilidad se podría hacer realidad si se permitieran los tests genéticos, pues en tal caso, se podrían crear nuevas categorías sociales, una especie de clase proletaria genética, excluida de distintos derechos y prestaciones.

Nacer y vivir, ¿quién toma la decisión? Nuestro primer derecho -decía una joven con síndrome de Down- es el de nacer, pero según cómo se apliquen las nuevas tecnologías a la vida emergente, la vida puede convertirse en materia de transacción.


Las opiniones de algunos científicos resultan, al respecto, estremecedoras: “Ningún niño recién nacido -decía Francis Crick, Premio Nobel de Fisiología y Medicina en 1962- debería ser reconocido como humano antes de haber pasado un cierto número de tests referidos a su dotación genética (...) si no supera estos tests, pierde su derecho a la vida”.

En tales condiciones se podría plantear el derecho a no nacer. ¿Qué grado de perfección se debería exigir a un hijo engendrado para darle el permiso de nacer?

Ante el nacimiento de un niño discapacitado, ¿se podría considerar que la misma vida pueda constituir un perjuicio que dé derecho a indemnización?

A este propósito merece la pena comentar la que se ha denominado doctrina Perruche o el derecho a no nacer. En 1982, la francesa Josefine Perruche, en estado de gestación, ante una infección de rubéola de su hija mayor, pidió un diagnóstico advirtiendo que en caso de que ella estuviera contagiada, abortaría. El médico que realizó las pruebas concluyó, erróneamente, que Josette no padecía rubéola. Así, prosiguió el embarazo y alumbró a Nicolás, que nació con severos trastornos.

Diez años después, los padres de Nicolás demandaron ante un tribunal francés a los responsables del error médico y obtuvieron una indemnización. La indemnización tenía como fin suplir todas las consecuencias de la minusvalía durante toda la vida del niño.

No cabe duda que, en este caso, se tiene que reconocer la negligencia profesional del médico, pero el problema del caso no radica solamente ahí.

El verdadero meollo de la cuestión está en el supuesto derecho a no nacer que tan habitualmente se reivindica. En sentido estricto, lo que se reivindica es el derecho a decidir que otros no nazcan, puesto que el que decide ya ha nacido. Este supuesto derecho vulnera el principio de equidad, puesto que negar el nacimiento a un ser humano por razones de enfermedad significa, sin más, discriminarle.

La equidad, valor reconocido en el primer y segundo artículo de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre (1948) no puede ponerse en entredicho, bajo el pretexto de la libertad de elección de la madre.

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Fuente: Forum Libertas

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